Jubilados pueden exonerar Contribución Inmobiliaria

Hasta el 31 de julio los jubilados y pensionistas pueden solicitar la exoneración de la Contribución inmobiliaria en el departamento de Montevideo.

El trámite se realiza en los centros comunales zonales, de lunes a viernes en el horario de 10 a 17.

Para obtener la exoneración el jubilado o pensionista debe ser sujeto pasivo del impuesto: propietario, poseedor a cualquier título, promitente comprador con promesa inscripta o mejor postor en remate judicialmente aprobado. El bien puede ser propio o ganancial, con independencia de cuál de los cónyuges tenga la administración del mismo.

El inmueble objeto de la exoneración debe ser la casa habitación del jubilado y su única propiedad en el país. Los ingresos nominales del núcleo familiar no deben superar las cinco bases de prestaciones y contribuciones ($ 15.260).

El valor imponible 2015 del inmueble no puede superar el importe de $ 529.626. En caso de que el valor del inmueble está comprendido entre $ 529.626 y $ 794.442, la exoneración puede otorgarse por hasta el 50%.

Por más información:  http://www.montevideo.gub.uy/institucional/noticias/jubilados-pueden-exonerar-contribucion-inmobiliaria